Una de las preguntas más frecuentes en nuestra flagship KYMCO Madrid (c/ Príncipe de Vergara, 37) y la respuesta es ¡SÍ! –y por cierto, aparcar en la vía es gratuito, sin tique de la hora, y de duración ilimitada-. 

 

Antes de releer la normativa y resumir algunos detalles (Artículo 48. Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid), es bueno recordar que somos conductores responsables. Las aceras están pensadas para los peatones, algunos con movilidad reducida, y por tanto, aparcar en la acera debe ser algo excepcional y respetuoso: 

  1. Aparca en aceras amplias, porque hay que respetar las distancias obligatorias de paso: 3 metros de ancho y 2 metros hasta los pavimentos tacto-visuales, colocados en vados peatonales y encaminamientos de las paradas de transporte público. 
    ¡Ojo! en el Distrito Centro y en Zonas de Bajas Emisiones: además de esto, la acera tiene que estar situada en una vía sin bandas de estacionamiento (Pág. 128. Disposición transitoria sexta de dicha ordenanza). Si la vía tiene reservada plazas de aparcamiento, descarta su acera.
  2. Aparca en paralelo al bordillo, lo más pegado a este, si la acera mide menos de 6 metros de ancho; y en semibatería o ángulo si es más amplia.
  3. Utiliza el motor solo para subir el desnivel de la acera.

 

Y por supuesto, respeta las calles de “Especial protección para el peatón” y las áreas prohibidas (paradas de transporte público o de taxi, áreas reservadas para personas con movilidad reducida, tapas de registro o de servicios, y donde lo indique una señal). Y prohibido anclarla a señales, árboles, bancos, marquesinas…

Antes de subir la moto a la acera, la normativa indica que se debe priorizar el aparcamiento en las zonas de Reservas de Motos (exclusivas para motos de 7 h  a 20 h en días laborables), bandas de estacionamiento junto a los turismos (oblicuo a la línea de acera, ocupando 2 metros máximo y dejando paso a la acera y a otros vehículos) y aparcamientos cerrados.

 

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